domingo, 17 de abril de 2016

“Expresión política del reconocimiento del “otro”

En el mes de abril se realizará el I Congreso de Patrimonio Cultural y Natural organizado por el Gobierno de la Provincia a través del Instituto de Cultura de Corrientes. Este Congreso se realizará del 28 al 30 de abril en el Hotel de Turismo de la Ciudad, para el mismo ya están confirmadas presencias de Santa Fe, Entre Ríos, Chaco, Buenos Aires y la provincia anfitriona, además habrá ponencias con panelistas de Bolivia y Uruguay. “Este Congreso es importante porque Corrientes fue pionera en la legislación de conservación del patrimonio arquitectónico y sin embargo en los últimos 30 años el patrimonio se fue perdiendo y en muchos casos está deteriorado”, destacó el arquitecto Gabriel Romero, presidente del Instituto de Cultura. Por su parte Luis Oporto Ordóñez, desde Bolivia en diálogo exclusivo con esta revista manifestó que “este Congreso es una oportunidad para dialogar sobre temas comunes de nuestros pueblos latinoamericanos. Para esta participación en el Congreso de Patrimonio hemos analizado el reconocimiento de los derechos de los pueblos indígenas expresados en la Constitución del 2009”.

Por paulo ferreyra
paulo.ferreyra@yahoo.com.ar


El Instituto de Cultura de Corrientes (ICC), el Consejo Internacional de Museos (ICOM) y la Universidad Nacional del Nordeste (UNNE) llaman a participar de este congreso cuyos ejes estructurales girarán en torno a uno de los temas que más actualidad y vigencia tiene, la gestión del patrimonio cultural y sus vinculaciones con el desarrollo local. “En el proceso de la programación de este Congreso planteamos un espacio que permita abordar todas las dimensiones del Patrimonio Cultural”, adelantó la Arq. Marisol Maciel directora de Patrimonio del ICC.

En este marco del Congreso accedimos a entrevistar a Luis Oporto Ordóñez, el es 
Magister Scientiarum en Historias Andinas y Amazónicas, Diplomado en Archivos Históricos, miembro del Comité Regional de América Latina y el Caribe del Programa Memoria del Mundo de la Unesco. Director de la Biblioteca y Archivo Histórico de la Asamblea Legislativa Plurinacional y docente titular de la Carrera de Historia de la Universidad Mayor de San Andrés. Luis Oporto estará en el Congreso de Patrimonio Cultural y Natural, aquí nos adentramos a su trabajo como historiador y archivista.


- En principio cómo ha tomado Usted esta posibilidad de participar de este I Congreso de Patrimonio Cultural y Natural en Corrientes. 


Sin duda es una oportunidad para dialogar sobre temas comunes de nuestros pueblos latinoamericanos: el patrimonio cultural y natural, que sintetizan la identidad misma de los pobladores de este vasto territorio. En mi criterio, es importante conversar sobre la base legal de la herencia cultural que han labrado en su larga experiencia histórica nuestros antecesores, legado que se expresa en una infinidad de bienes culturales y materiales, pero también inmateriales o intangibles.

Los primeros son de acceso directo, visuales y tangibles (los monumentos, templos, casonas, los documentos, las grandes obras de infraestructura, desde la época prehispánica, la colonia, hasta el presente, que también construye y genera patrimonio), en tanto los segundos son invisibles, intangibles, inasibles, pero tienen tanto o igual valor que los primeros (la música, la danza, la memoria viva, los saberes ancestrales, la tradición, el mito, la leyenda), que se manifiestan a través de lo sensorial, la visión y la oralidad. Esto se transmite de generación en generación.

Estos bienes son interdependientes, interactúan, se complementan y enriquecen. Ambos tipos de legado se generan en un contexto ineludible: el entorno natural, que debe ser, siempre, considerado en el momento de analizar las características, naturaleza y alcance del patrimonio cultural. El segundo grupo, expresa en gran medida valores e identidad social, cultural, política y económica de los pueblos indígenas.

- En esta participación Usted abordará la Incorporación del Patrimonio Oral Intangible en la Constitución Política del estado de Bolivia. Imaginamos que este fue un proceso largo y nos gustaría que nos explique cómo o por qué se llega a la incorporación del patrimonio oral.

Es cierto. A pesar de la gran riqueza cultural desarrollada en el macizo andino, los contrafuertes y las tierras bajas de Bolivia desde épocas ancestrales, el indígena, el indio, el campesino agricultor, el afro-descendiente, no fue reconocido como ciudadano, cuando se constituyeron las repúblicas independientes en el siglo XIX.

El proceso histórico de Bolivia generó un dramático tránsito constitucional para alcanzar la inclusión de la ciudadanía plena, en un contexto político dominado por visiones y prácticas segregacionistas, elitistas y patriarcales. El Estado segregó desde el inicio a mestizos iletrados, indígenas y afro-descendientes, a quienes les reconoció como “bolivianos” más no como “ciudadanos” (1826). Fue la acción de masas la que logró, paulatinamente, las grandes conquistas legales: la esclavitud fue erradicada por un gobierno con base social amplia (1851), el derecho al voto universal fue el logro de una revolución social (1952), la mujeres progresistas abrieron brechas legales en el Estado Patriarcal, como el divorcio (1933), el sufragio (1949), la equidad de género (1994) y la equidad política plena (2009).

El régimen constitucional fue un reflejo de la visión patriarcal y elitista, expresada en la restricción de derechos de sectores sociales iletrados (campesinos, indígenas, esclavos y mestizos pobres sin renta o bienes materiales) y las bolivianas en general, sin importar su clase social. El barniz liberal de inclusión tiene sus propios candados. Por ejemplo, la CPE de 1826 declara que el requisito de “saber leer y escribir (…) sólo se exigirá desde el año de 1836”, pero en los hechos la situación de exclusión se extiende hasta 1956, cuando se reconoce el derecho al sufragio a la totalidad de bolivianos, hombres y mujeres, del país.

- En Bolivia los pueblos originarios no se reducen a uno o dos, son muchos, con cuáles específicamente ha trabajado el estado o con cuales está trabajando.

El reconocimiento de los derechos de los pueblos indígenas se expresa en la Constitución del 2009, que es la que hemos analizado para nuestra participación en el Congreso de Patrimonio Cultural y Natural de Corrientes. Esta Constitución se caracteriza por la amplia y diversa base garantista de los derechos humanos, reconoce el modelo de Estado de Bolivia, como un “Estado unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario, libre, (…) intercultural, descentralizado y con autonomías”. Pero, va más allá del mero reconocimiento de la pluralidad y la interculturalidad. Esta Constitución garantiza la libre determinación, en el marco de la unidad del Estado, dada la existencia prehispánica de las naciones y pueblos indígenas, y su dominio ancestral sobre el territorio. Por primera vez en nuestra historia se establece que la nación boliviana está conformada por la totalidad de bolivianas y bolivianos, incluyendo en ellos a las naciones y pueblos indígena originario campesinos y las comunidades interculturales y afrobolivianas.

¿Cómo se debe comprender su insospechado aIcance? Fundamentalmente en la declaratoria de idiomas oficiales de Bolivia: el castellano y todos los idiomas de las naciones y pueblos indígena originario campesinos. Por ese mecanismo se reconoce formalmente la existencia de 37 identidades políticas, es decir de 37 pueblos y naciones indígenas. Sin duda es la máxima expresión política del reconocimiento del “otro”, en todo su alcance. Es un reconocimiento simbólico, en muchos casos, muchos pueblos indígenas señalados en ese artículo, están en franco proceso de integración o extinción, es decir, se incorporan cada vez con mayor fuerza al entramado urbano con la consiguiente castellanización y pérdida de su identidad cultural, o en el caso extremo, están en fase de extinción, por efectos del etnocidio y genocidio al que fueron sometidos desde 1532, el momento de la invasión hispana colonial.

- Cuáles son los rasgos que han trabajado puntualmente en esta incorporación del patrimonio oral.

Hay dos elementos fundamentales en la Constitución del 2009: el pluralismo cultural y el pluralismo lingüístico. El primero nos deriva al patrimonio material, tangible, y el segundo nos traslada al patrimonio oral, inmaterial e intangible. Es más, cuando se analizan estos dos componentes, se los debe hacer en el marco legal de los valores del Estado, siendo uno de ellos y de importancia crucial el del “vivir bien”, el “suma qhamaña” y el “qhapacñan”.

A partir de ese reconocimiento del “otro” se define con claridad su inclusión en los fines y funciones esenciales del Estado, como es la descolonización, la consolidación de las identidades plurinacionales, el diálogo intracultural, intercultural y plurilingüe, al extremo que se afirma que esa diversidad plurinacional constituye el patrimonio histórico y humano del país.

Tal es el reconocimiento pleno de los derechos de los pueblos indígenas, que sus usos y costumbres se constitucionalizan, tales como el cabildo, la asamblea, la consulta previa y la democracia comunitaria que les faculta la elección o designación de autoridades o representantes, por normas y procedimientos propios de los pueblos indígenas. Ese reconocimiento se extiende a la base económica del Estado al reconocer la economía comunitaria, y a la superestructura jurídica, con la jurisdicción indígena.

Por tanto, bajo esas premisas de reconocimiento de la existencia de los pueblos y naciones indígenas con identidad propia y autonomía territorial, se reconocen sus derechos fundamentales, entendiendo como nación indígena a la comunidad que comparte identidad cultural, idioma, tradición histórica, instituciones, territorialidad y cosmovisión. Es a esa comunidad -- extensible al pueblo afroboliviano-- que se le reconoce derechos fundamentales tales como la identidad cultural, creencia religiosa, espiritualidades, prácticas y costumbres y a su propia cosmovisión; la protección de lugares sagrados; la valoración y promoción de sus saberes y conocimientos tradicionales, su medicina tradicional, sus idiomas, sus rituales y sus símbolos y vestimentas; la propiedad intelectual colectiva de sus saberes, ciencias y conocimientos, así como a su valoración, uso, promoción y desarrollo y la educación intracultural, intercultural y plurilingüe.

Pero es en capítulo referido a las Culturas, donde se comprende de manera específica sus alcances sobre el patrimonio cultural y natural, en el que se reitera que la “diversidad cultural constituye la base esencial del Estado Plurinacional Comunitario”. Es decir, la interculturalidad “es el instrumento para la cohesión y la convivencia armónica y equitativa entre todos los pueblos y naciones”. Es ahí donde se expresa el respeto a las diferencias en igualdad de condiciones. Por ende, los “otros” son ciudadanos, y por ello mismo, el Estado asume como fortaleza la existencia de la cultura de los pueblos indígenas y reconoce su responsabilidad para preservarla, desarrollarla, protegerla y difundirla.

Finalmente, podemos afirmar que en base a ese precepto constitucional, se identifica como patrimonio de las naciones y pueblos indígena originario campesino, a las cosmovisiones, los mitos, la historia oral, las danzas, las prácticas culturales, los conocimientos y las tecnologías tradicionales. Sin embargo, el Estado comprende la necesidad de proteger los saberes y conocimientos, mediante el registro de la propiedad intelectual.

Esa base legal es la que genera las iniciativas del Estado para normar la gestión del patrimonio cultural (Ley 530), y su reglamentación, que está en curso. Una ley con muchos vacíos y restricciones, por cierto.

- De acuerdo a sus investigaciones cree que los países americanos aún tienen grandes deudas con los pueblos originarios, ¿por qué?

Existe una deuda histórica, una deuda social, no reparada, sobre todo en países con población indígena mayoritaria, como es el caso de Bolivia, Perú, México y otros de Centroamérica y el Caribe. Esa deuda a la que me refiero se explica por la condición de explotación inhumana, genocidio y etnocidio, al que fueron sometidos por cientos de años, sin reconocerles sus derechos humanos, y por lo mismo, siendo excluidos del régimen garantista y por esa vía del acceso a la riqueza, o a las regalías que genera la explotación de los recursos naturales de sus territorios. Los pueblos indígenas al haber sido reconocidos como habitantes originarios y por ello, dueños primigenios de sus territorios, reclaman hoy un trato digno y equitativo que aun no se alcanza a plenitud. Territorios del que fueron expulsados o en el que se fueron convertidos en parias, sin derechos fundamentales.

Bolivia estrena su Constitución garantista de los derechos de los pueblos y naciones indígenas desde el 2009, luego de un largo proceso de tensiones políticas generadas desde 1989, cuando suscribe junto a otros 17 Estados, la célebre Convención 169, que motivó la movilización indígena de las tierras bajas, con la Marcha por el Territorio y la Dignidad (agosto de 1990, forzando a la clase política a la reforma constitucional (1994), que declara a Bolivia como Estado Pluricultural y Multilingue, sin reconocer sus derechos fundamentales. La tensión eclosiona en las jornadas del 2003, en los que se impone la convocatoria a una Asamblea Constituyente, de carácter originario, en un contexto político adverso que lleva al país al borde de la guerra civil.





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